Calamidad
Crédito de Calamidad
Línea de crédito para ser utilizada por el asociado en casos fortuitos o de fuerza mayor que afecten la estabilidad económica del hogar. Ej. Daños causados a los bienes del asociado como consecuencia de fenómenos naturales, robo, gastos médicos u hospitalarios no cubiertos por la EPS, gastos funerarios, etc., los cuales deben ser debidamente sustentados.
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Cupo de Crédito:
Tres (3) veces el valor de los ahorros permanentes y aportes sociales, descontando los saldos de los créditos vigentes del asociado solicitante.
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Plazo del Crédito:
- Se da como plazo 2 años, equivalente a 24 mensualidades o 48 quincenas.
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Garantía del Crédito:
- Los ahorros/aportes y deudores solidarios si es requerido.
- Y/o pignoración de cesantías o Garantía real a favor del Fevi
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Documentos y Condiciones Requeridas:
- Tiempo de asociación al Fevi, mínimo 1 mes
- Soportes de Calamidad
- Solicitud de crédito debidamente diligenciada
- Copia de los dos (2) últimos desprendibles de pago
- Pagaré, carta de instrucciones y autorización de descuento debidamente diligenciadas y firmadas por el asociado y deudor (es), si es requerido.
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Amortización:
Hasta el 50 % del monto del crédito puede pagarse mediante primas semestrales sin superar el 90% del valor total de la prima, y el restante 50 % con las cuotas quincenales o mensuales.