Solidaridad
Crédito de solidaridad
Línea de crédito para ser utilizada por el asociado en casos de calamidad o de fuerza mayor que afecten la estabilidad económica del hogar. Ej.: robo, gastos médicos u hospitalarios no cubiertos por la EPS, gastos funerarios, etc., los cuales deben ser debidamente sustentados.
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Cupo de Crédito
Hasta tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes SMMLV.
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Plazo del Crédito
Se da como plazo 1 año, equivalente a 12 mensualidades o 24 quincenas.
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Garantía del Crédito:
- Los ahorros/aportes y deudores solidarios si es requerido.
- Pignoración de cesantías o Garantía real a favor del Fevi
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Documentos y Condiciones Requeridas:
- Tiempo de asociación al Fevi, mínima de 1 mes.
- Soportes de Calamidad
- Solicitud de crédito debidamente diligenciada.
- Copia de los dos (2) últimos desprendibles de pago - Pagaré, carta de instrucciones y autorización de descuento debidamente diligenciadas y firmadas por el asociado y Deudor (es), si es requerido.
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Amortización:
Hasta el 50 % del as monto del crédito puede pagarse mediante primas semestrales sin superar el 90% del valor total de la prima, y el restante 50 % con las cuotas quincenales o mensuales.